Rajoy y Soraya Saénz de Santamaría en el Congreso |
La Reforma Laboral aprobada en el Consejo de Ministros supone un abaratamiento en el despido pero introduce nuevos incentivos para la contratación indefinida entre otras novedades.
La reforma ha sido calificada de "histórica" por la ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, ya que, a su entender se sientan las bases para "crear un empleo estable cuanto antes". Para la vicepresidenta del Gobierno es una reforma "importante, de calado y completa" que "marcará un antes y un después en lo que ha sido la legislación laboral de nuestro país". Siguiendo declaraciones de Soraya Sáenz de Santamaría que afirma que las bases de esta reforma son crear empleo pero que esta reforma no es suficiente, aunque sí necesaria.
Esta nueva reforma estructural se puede concretar en los siguientes puntos:
- Facilitar la contratación, con especial atención a los jóvenes, a los parados de larga duración y a las personas que tienen cargas familiares o dificultad para incorporarse al mercado laboral.
- Estabilidad en el empleo al potenciar los contratos indefinidos frente a la contratación temporal.
- Flexibilizar el marco de la empresa para que el despido sea siempre el último recurso.
- Atajar las causas de la economía sumergida.
- Apoyar a los autónomos y a las PYMES ya que son responsables del 90% del empleo en España.
Estas son algunas de las medidas de la nueva normativa laboral:
Despido:
La nueva reforma laboral rebaja la indemnización por despido improcedente de los contratos indefinidos de 45 días por año trabajado con un máximo de 42 mensualidades, a 33 días por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades.
Para quienes ya son indefinidos en el trabajo la indemnización se calculará de manera proporcional, de manera que se pagarán 45 días por año trabajado para el período anterior a la entrada en vigor de la reforma y 33 días para el período posterior pero se mantiene el máximo de 42 mensualidades.
Si el despido ha sido procedente se mantiene la indemnización de 20 días por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades pero es el trabajador despedido el que tiene que demostrar que su despido ha sido improcedente.
Contrato indefinido para emprendedores:
Es un tipo de contrato para fomentar la contratación de jóvenes en PYMES pero solo podrá ser utilizado por empresas que tengan menos de 50 trabajadores. Los empresarios podrán deducirse -de forma progresiva- 3.000 euros por el primer trabajador menor de 30 años. Este contrato tiene un periodo de prueba de un año y durante el mismo el empleado puede percibir un 25% de su prestación por desempleo. Es la primera vez que se compatibiliza que un trabajador trabaje y que a la vez percibe el paro.
Fomento de la contratación indefinida:
Se introducen nuevas bonificaciones a la contratación indefinida, de hasta 3.600 euros durante los tres primeros años para quien contrate a jóvenes de entre 16 y 30 años, y de 4.500 euros para parados de larga duración de más de 45 años.
Sueldo y condiciones laborales:
La empresa acordará el salario de sus empleados en relación a temas económicos, técnicos, organizativas y de producción. Esto afecta a los trabajadores con sueldos por encima de los mínimos de convenio de su categoría ya que la empresa puede bajar los salarios alegando por ejemplo razones de competitividad.
Temporalidad:
A partir del 1 de enero del 2013 se establece el límite de dos años para el encadenamiento de contratos temporales.
Expedientes de regulación de empleo (ERE):
Para aprobar un ERE solo será necesaria la autorización judicial por lo que se prescinde de la autorización de la consejería de empleo de la comunidad autónoma correspondiente. Además se incluye que los trabajadores afectados por el ERE que acaben desempleados puedan recuperar hasta 180 días de indemnización de paro.
Formación:
Todos los trabajadores tendrán derecho a 20 horas de formación pagadas por el empresario, siempre que cuenten con un año de antigüedad, y se crea una cuenta de formación que incluirá toda la formación recibida por el trabajador.
No hay comentarios:
Publicar un comentario